sábado, 22 de junio de 2013

Pierde Quintana Roo… Franja en disputa ante Campeche, en el archivo del Senado

       

·         Yucatán sale beneficiado de este litigio luego de que Campeche creo el municipio de Calakmul en 1997, siendo gobernador de Quintana Roo Mario Villanueva Madrid…
      México, DF.- El Estado de Quintana Roo perdió ante Campeche una franja de territorio que también beneficia a Yucatán, luego de 28 años de litigio, de acuerdo con una información del periódico capitalino Reforma.
      La Suprema Corte de Justicia resolvió que ya no le toca pronunciarse sobre las controversias constitucionales promovidas en 1997 por Quintana Roo y Campeche, tras  la creación del Municipio de Calakmul, en Yucatán, debido a que el Senado se quedó con los expedientes del caso, los archivó sin haberlos resuelto y manifestó que existe imposibilidad jurídica para enviarlos al máximo tribunal.
      En sesión privada del 3 de junio, los 11 Ministros determinaron por unanimidad que es responsabilidad del Senado fijar los límites definitivos entre las entidades mencionadas, de acuerdo con el artículo tercero transitorio de la reforma Constitucional de agosto de 2005.
      El litigio territorial de Quintana Roo contra sus dos Estados vecinos inició en 1996, cuando el Congreso de Campeche creó el Municipio de Calakmul y se anexó una franja de territorio quintanarroense, medida que además convirtió a otra porción de dicha entidad en territorio de Yucatán.
      Meses más tarde, los tres Poderes de Quintana Roo iniciaron una controversia ante la Corte para recuperar unos 10 mil 500 kilómetros cuadrados, pero la dificultad técnica, histórica y operativa de aclarar un tema de este tipo, impidió a los Ministros dictar sentencia definitiva en los ocho años que tuvieron abierto el expediente, hasta la reforma de 2005.
      En esa reforma se otorgó al Senado la facultad de resolver éstas disputas, y en el transitorio, se aclaró que sería el Senado el que por decreto legislativo fijaría los límites tratándose de las controversias que estaban en trámite previo ante la Corte.
      El año pasado, el Congreso volvió a reformar la Constitución para devolverle la facultad a la Corte, pero lo que ya no regresó al máximo tribunal fueron los expedientes de esta controversia, ni tampoco de la que protagonizan desde 1998 los Estados de Jalisco y Colima.
      La reforma de 2005 le dio al Senado una atribución de índole política, no jurisdiccional, para resolver por decreto estos conflictos, y con ello cesó la competencia de la Corte para conocer de ellos, explicó una fuente de la Corte. Si el Senado decidió archivar esos expedientes, lo hizo en uso de su atribución política y no es problema de la Corte.
      Durante la sesión del 3 de junio, los Ministros estudiaron un proyecto que imputaba al Senado responsabilidad políticapor su negligencia para resolver estos asuntos durante los más de siete años que tuvo la facultad para hacerlo, pero a fin de cuentas se optó por una salida más diplomática.
      En el caso de Jalisco y Colima, que reclaman 407 kilómetros cuadrados de territorio, la controversia fue promovida a principios de 1998, y hasta ahora la Corte no se ha pronunciado porque ninguna de las entidades le ha solicitado que requiera el expediente al Senado, pero es previsible que el resultado será el mismo. (Fuente: Reforma)

POSTURA DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA SOBRE TEMA DE LÍMITES
      Con relación al acuerdo de la SCJN, ( 229/2013, del 12 de junio 2013), por el que se determina que existe imposibilidad jurídica para solicitar al senado que remita a la Corte los  originales de la Controversia de límites promovida por los Poderes del Estado de Q. Roo, se han  generado diversas interpretaciones y algunas malinterpretaciones.
      Lo que es claro es que es un acuerdo de mero trámite, que en ningún momento, cancela el procedimiento iniciado. Y que tampoco lo resuelve en el fondo, como se ha querido mal interpretar de manera dolosa o por ignorancia o incuria.
      La corte en ningún momento ha renunciado a su obligación constitucional de administrar Justicia, ni tampoco ha realizado una resolución definitiva sino de mero trámite.
      La situación derivó del hecho de que el senador Cordero, ordenó dar por concluido el asunto y enviarlo al archivo, lo que es a todas luces un acto ilegal. Primero porque el asunto no se concluyó de manera legal, ni existe resolución de fondo y segundo y más importante porque esa determinación del senador Cordero la realizó sin tener en su momento la competencia constitucional respectiva, toda vez que la Constitución retornaba a la SCJN, la competencia en esa materia, por lo que el acto del senador Cordero es ilegal, infundado y en el fondo constituye una verdadera obstrucción a la administración de justicia.
      Estamos plenamente seguros de que la SCJN, responderá a su función constitucional de administrar justicia, pese a la negativa del senador Cordero de remitir los originales que en su momento le solicitó la Corte.
      El acuerdo de la SCJN es meramente incidental y de trámite pero no de fondo, entenderlo así, es lo correcto y ello abona por la seguridad jurídica y el respeto a la legalidad y el orden constitucional.
      El uso de los recursos legales permitirá colaborar en una adecuada administración de Justicia. (Fuente: Gobierno de QR)

CONTROVERSIA NO ESTÁ RESUELTA EN EL FONDO PERO QUEDA EN EL LIMBO

      CHETUMAL, Q. Roo.- En sesión privada realizada el pasado 3 de junio, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que existe imposibilidad jurídica para solicitar al Senado de la República que remita al Poder Judicial de la Federación los expedientes originales y sus anexos de la controversia constitucional 9/97, lo cual coloca un mayúsculo obstáculo a la resolución del fondo del conflicto limítrofe entre Campeche y Quintana Roo iniciado en 1996 por la creación del municipio de Calakmul.
      Lo anterior representa un duro revés para los intereses del Estado de Quintana Roo, el cual sostiene que el expediente de la controversia constitucional contra la creación del municipio de Calakmul, Campeche, debe regresar a la Corte ahora que le devolvieron la facultad de atender estos litigios, porque el Senado nunca atendió el asunto durante los siete años que lo tuvo en sus manos y lo mandó a archivar sin darle resolución, cuando ya no tenía ninguna facultad para tomar decisiones en materia de conflictos limítrofes.
      Sin embargo, contrario a lo que difundió un medio de comunicación de la Ciudad de México, el acuerdo de la Suprema Corte no dio la razón a Campeche en el conflicto limítrofe ni quitó territorio a Quintana Roo, pues no se trató de un pronunciamiento sobre el fondo del conflicto, pero si deja en la indefinición jurídica el diferendo, porque determinó que no puede requerir al Senado los expedientes para continuar con el trámite de la demanda.
      En resolución de un incidente promovido por el Estado de Quintana Roo para requerir que el Senado trasladara el expediente de la controversia limítrofe contra la creación del municipio de Calakmul, Campeche, de vuelta a la Suprema Corte de Justicia, el pleno del máximo tribunal del país determinó que ya no puede continuar la atención de dicha demanda, porque su trámite quedó concluido por efectos de la reforma de 2005 que temporalmente pasó a la Cámara de Senadores la facultad de resolver estos conflictos.

      Según los ministros, a pesar de que el Senado no atendió el expediente durante el tiempo que lo tuvo en sus manos, resulta irrelevante ahora que lo hayan mandado a archivar sin resolución, porque los senadores lo hicieron en uso de sus atribuciones políticas, y porque desde la reforma del 2005 el trámite en la Corte quedó concluido y la reforma del 2012 que le devolvió la facultad de resolver conflictos limítrofes no ordenó que el expediente retornara a sus manos.
      El Estado de Quintana Roo si resulta más perjudicado que Campeche con este acuerdo, porque es la parte demandante y porque ha sido insistente en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación recuperara el trámite del expediente de la controversia constitucional 9/97 que fue turnada al Senado en 2005, debido a que después de varios años de estudio, en el trámite se había llegado a un proyecto de resolución que era favorable a Quintana Roo, pero que nunca fue atendido en el pleno de la Corte.
      Ahora, con esta determinación tomada por los ministros, queda claro que desde que se promovió la reforma constitucional de 2005 para pasar al Senado la facultad de resolver conflictos limítrofes, se buscó matar la demanda que había promovido Quintana Roo en 1997, bajo el gobierno de Mario Villanueva Madrid, sin dar ninguna resolución al diferendo de límites que persiste con Campeche.
      Por su parte, el Senado de la República lo que hizo fue colocar en su tumba a la controversia, pues una vez que la tuvo en sus manos, desde 2005, nunca la atendió y al final, cuando en 2012 la facultad de resolver conflictos limítrofes fue devuelto a la Suprema Corte de Justicia, los senadores mandaron a archivar el expediente como asunto concluido, a pesar de no haber dado resolución a favor ni en contra de alguna de las dos entidades, manteniéndose el actual estado de hechos, con jurisdicciones que Quintana Roo y Campeche ejercen de manera sobrepuesta sobre una porción de 10 mil 500 kilómetros cuadrados de territorio.
      Por lo pronto, los demás efectos que tendrá esta decisión de la Corte de ya no atender la demanda de controversia constitucional contra la creación del municipio de Calakmul no se han clarificado, aunque el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Raúl Labastida Mendoza, manifestó que la Corte en ningún momento ha renunciado a su obligación constitucional de administrar justicia ni tampoco ha realizado una resolución definitiva, sino que fue de mero trámite, por lo que pese a la negativa del Senado a devolver el expediente, el Poder Judicial Federal terminará de dar una resolución al diferendo de límites.
El acuerdo de la Corte..
      El acuerdo, que fue tomado por los ministros en sesión privada el 3 de junio y comunicada el pasado día 12, deriva de una petición del Estado de Quintana Roo de que requiriera al Senado el expediente original de la controversia constitucional 9/97 sobre los límites con el Estado de Campeche, pero los ministros manifestaron que el Senado archivó el expediente en uso de sus atribuciones políticas y en la reforma para devolverle la facultad de resolver conflictos limítrofes no se ordenó la devolución de esos documentos a la Corte, por lo que el máximo tribunal está jurídicamente imposibilitado para pedirlos y atenderlos de nuevo.
       El antecedente de este acuerdo fue la petición que el presidente de la Suprema Corte, ministro Juan Silva Meza, hizo en febrero pasado al presidente del Senado, Ernesto Cordero, de que le remitiera el expediente de la controversia 9/97, pero el senador le respondió que estaba jurídicamente imposibilitado para enviárselas, porque el asunto había sido archivado por la Cámara, aunque nunca se atendió ni se le dio resolución.
      El Estado de Quintana Roo formalizó en mayo pasado una petición a la SCJN para requerir a la Cámara el expediente y responsabilizarla por no haberlo atendido durante los siete años que lo tuvo en sus manos, y a eso respondió el pleno de ministros en su sesión privada del pasado 3 de junio.
      El acuerdo, que está publicado en las notificaciones electrónicas de la SCJN, dice textualmente: El Pleno en sesión privada de tres de junio de este año, determinó que existe imposibilidad jurídica para solicitar al Senado de la República que remita a esta Suprema Corte los expedientes originales y sus anexos de la controversia constitucional 9/97, conforme a las consideraciones siguientes:
       Lo anterior, en virtud de que el Tribunal Pleno consideró que dicho asunto se encuentra totalmente concluido por efectos de lo previsto en el artículo tercero transitorio del decreto de reformas constitucionales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2005, pues al ordenar dicho precepto constitucional la remisión de todas las controversias constitucionales suscitadas con motivo de conflictos limítrofes entre entidades federativas que en su momento se encontraban en trámite en este Alto Tribunal a la Cámara de Senadores, “a fin de que ésta en términos de sus atribuciones constitucionales proceda a establecerlos de manera definitiva mediante decreto legislativo, atribuciones que son de índole política y no jurisdiccional, provocó la cesación de la competencia de esta Suprema Corte para conocer este tipo de conflictos y, por ende, puso fin a su trámite, máxime que, al no disponerse la remisión de los expedientes o asuntos derivados de tales conflictos en el artículo Único Transitorio del diverso decreto de reformas constitucionales, publicado en el citado medio de difusión oficial del 15 de octubre de 2012, resulta irrelevante si el órgano legislativo en comento emitió pronunciamiento al respecto, pues la determinación de su archivo se adoptó con base en atribuciones políticas’.
      “En consecuencia, notifíquese tal determinación a la parte actora, Estado de Quintana Roo, en relación con su solicitud de solicitar a la Cámara de Senadores el referido expediente.
Continuará el Estado cauces legales
      Por su parte, el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Raúl Labastida Mendoza, consideró que la resolución fue mal interpretada por un medio de comunicación de la Ciudad de México, y por medios electrónicos de la Entidad que reprodujeron esa misma noticia, pues difundieron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación había dado a la razón a Campeche y quitado territorio a Quintana Roo, cuando lo que ocurrió fue que la Corte dijo que hay imposibilidad jurídica para que pida al Senado la devolución del expediente, sin dar un pronunciamiento sobre el fondo del conflicto.
      Labastida Mendoza, dijo que el acuerdo de la SCJN 229/2013, del 12 de junio 2013, por el que se determina que existe imposibilidad jurídica para solicitar al Senado que remita a la Corte los originales de la controversia de límites promovida por los Poderes del Estado de Q. Roo, ha generado diversas interpretaciones y algunas mal interpretaciones.
      Según el Consejero Jurídico del Estado, es claro que es un acuerdo de mero trámite, que en ningún momento cancela el procedimiento iniciado, y que tampoco lo resuelve en el fondo, como se ha querido mal interpretar de manera dolosa o por ignorancia o incuria.
      Asimismo, aseguró que la Corte en ningún momento ha renunciado a su obligación constitucional de administrar justicia, ni tampoco ha realizado una resolución definitiva, sino de mero trámite.
       En este sentido, insistió en que el problema jurídico atendido no se refiere al fondo del litigio de límites territoriales, sino únicamente a la recuperación del expediente que tiene en sus manos el Senado; y añadió que se formalizarán las impugnaciones correspondientes para agotar los cauces legales, sin perjuicio del análisis que se está realizando para preservar la legalidad constitucional de Quintana Roo y la República.
      Explicó que la situación derivó del hecho de que el senador Ernesto Cordero, en su calidad de presidente del Senado, ordenó dar por concluido el asunto de la controversia limítrofe entre Quintana Roo y Campeche y enviarlo al archivo, sin que se le haya dado una resolución y sin tener ya facultad para tomar decisiones en la materia.
      Afirmó que ese fue a todas luces un acto ilegal: Primero, porque el asunto no se concluyó de manera legal, ni existe resolución de fondo; y segundo y más importante, porque esa determinación del senador Ernesto Cordero la realizó sin tener en su momento la competencia constitucional respectiva, toda vez que la Constitución retornaba a la SCJN la competencia en esa materia, por lo que el acto del senador Cordero es ilegal, infundado y en el fondo constituye una verdadera obstrucción a la administración de justicia”.
      Estamos plenamente seguros de que la SCJN responderá a su función constitucional de administrar justicia, pese a la negativa del senador Cordero de remitir los originales que en su momento le solicitó la Corte”, expresó el Consejero Jurídico del Estado.
      El acuerdo de la SCJN es meramente incidental y de trámite pero no de fondo; entenderlo así es lo correcto y ello abona por la seguridad jurídica y el respeto a la legalidad y el orden constitucional. El uso de los recursos legales permitirá colaborar en una adecuada administración de Justicia, concluyó.
Reseña histórica del conflicto
       Aunque el conflicto de límites entre Quintana Roo, Campeche y Yucatán es añejo, en 1996 tomó mayor relevancia, por la creación del municipio de Calakmul, Campeche, abarcando localidades que para Quintana Roo forman parte de su territorio establecido en el decreto constitucional federal de su creación.
      En 1997, el conflicto llegó a la Suprema Corte de Justicia en la forma de una demanda de controversia constitucional presentada por el Estado de Quintana Roo, marcado con el número de expediente 9/97, a la que luego se agregó la 13/97 contra el Estado de Yucatán.
      En 2001 se tuvo listo un proyecto de resolución, del cual Por Esto! de Quintana Roo informó en su momento, y que era favorable a Quintana Roo, porque proponía revocar al decreto de creación del municipio de Calakmul, Campeche, y reconocer los límites que el decreto de creación establece para el Estado de Quintana Roo.
      Sin embargo, los ministros de la Suprema Corte de Justicia nunca quisieron pasar al pleno la discusión y votación de este proyecto de resolución, que habría dado solución definitiva al conflicto, sino que lo mantuvieron abierto hasta que una reforma constitucional en 2005 le pasó la facultad de resolver los conflictos limítrofes al Senado.
      En los transitorios de esa reforma, se indicó que el Senado fijaría, por decreto legislativo, los límites entre estados tratándose de las controversias que estaban en trámite previo ante la Corte.
      Sin embargo, durante los siete años que el Senado tuvo los expedientes en sus manos, nunca los atendió y ni siquiera emitió la Ley Reglamentaria para tal fin.
      El año pasado, el Congreso volvió a reformar la Constitución para devolverle la facultad a la Corte, pero el Senado no devolvió al máximo tribunal los expedientes de las controversias que le habían turnado, que incluyen la existente entre Jalisco y Colima, sino que decidió archivarlos sin haberles dado resolución.

      Cabe recordar que esta no es la única controversia en la que Quintana Roo reclama el respeto a los límites que le marca su decreto de creación como Entidad Federativa, pues en la propia Corte se encuentra en trámite un litigio sobre la misma materia, impugnando el Censo del 2010 del INEGI, por haber contado para Campeche poblaciones y habitantes que Quintana Roo contempla dentro de su territorio. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

No hay comentarios:

Publicar un comentario